El 13 de junio de
1928 se hace obligatorio en todas las plazas de España el uso de los petos protectores de los caballos que hayan de utilizarse en la ejecución de la suerte de varas. La orden además indicaba: "Si las pequeñas dimensiones del ruedo hicieran peligroso el uso de los petos para los lidiadores a caballo, podrán celebrase corridas de toros y novillos suprimiendo en ellas la suerte de varas”.
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